I. ELIMINAN RESTRICCIONES FORMALES EN EL SID-SUNARP:
(Resolución N° 076-2020-SUNARP/SN).
Mediante norma publicada el sábado 20 de junio en el Diario Oficial El Peruano, se dispuso eliminar algunas restricciones formales en el Sistema de Intermediación Digital (SID-SUNARP), respecto a la presentación de títulos sobre transferencia de propiedad y constitución de garantía hipotecaria en el Registro de Predios, referidas al número de predios inscritos y a la transferencia de cuotas ideales.
Es así, que esta decisión se adoptó debido a que resultó indispensable eliminar algunas cuestiones de orden formal en el SID-SUNARP, las cuales podían significar límites en la presentación electrónica de los títulos que contengan actos de “transferencia de predios” o de “constitución de garantía hipotecaria”, principalmente si no es un requisito o aspecto de fondo en el acto inscribible que impida la calificación registral.
II. SE DEROGA NORMA QUE APROBÓ EL REGLAMENTO DE NOTIFICACIONES POR EMAIL DE LA OEFA:
(Resolución del Consejo Directivo N° 00009-2020-OEFA/CD).
Mediante norma publicada el día domingo 21 de junio en el Diario Oficial El Peruano, se dispuso derogar la Resolución del Consejo Directivo Nº 015-2013-OEFA/CD, que aprobó el “Reglamento de notificación de actos administrativos por correo electrónico del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA”, el cual constaba de catorce (14) artículos y dos (2) disposiciones complementarias finales.
Esta resolución, que contiene la mencionada derogatoria, estará publicada en el Portal de Transparencia Estándar y el Portal Institucional de la OEFA (www.oefa.gob.pe), en el plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión.
III. SUNARP: SE AUTORIZÓ UTILIZAR EL CÓDIGO QR EN LAS ESQUELAS DE LIQUIDACIÓN:
(Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 078-2020-SUNARP/SN).
Mediante norma publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, se autorizó el uso del “código QR” en las esquelas de liquidación de los títulos a nivel nacional, correspondientes a los Registros de Propiedad Inmueble, Personas Jurídicas, Personas Naturales y Bienes Muebles, cuya presentación se haya realizado de manera presencial o electrónica, para el pago de los derechos mediante la billetera electrónica en el procedimiento de inscripción registral.
Cabe precisar, que el uso del código QR en las esquelas de liquidación de títulos, constituye un medio alternativo de pago a los establecidos y vigentes a la fecha en el marco del procedimiento de inscripción registral. Esta disposición entra en vigencia a partir del miércoles 24 de junio.
V. DESDE HOY QUEDARON SIN EFECTO LOS PASES LABORALES Y VEHICULARES DURANTE EL DÍA:
Mediante entrevistas en medios de prensa, el Ministro de Defensa, Sr. Walter Martos, indicó que a partir de hoy, lunes 22 de junio, quedaron sin efecto los pases laborales y vehiculares durante el día, siendo los mismos únicamente solicitados a los trabajadores esenciales durante el toque de queda o los días domingos durante la inmovilización social obligatoria.
En este sentido, explicó que esta nueva medida se da con el fin de permitir el tránsito de las personas, incentivando que realicen compras en los centros comerciales, que reinicien hoy sus actividades de manera presencial.
IV. RENIEC ATIENDE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN REGISTRAL MEDIANTE MESA DE PARTES VIRTUAL:
El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) está atendiendo solicitudes de información registral presentadas en la Mesa de Partes Virtual, que recientemente puso a disposición de la ciudadanía.
Mediante el canal “https://apps.reniec.gob.pe/MesaPartesVirtual”, ahora será posible obtener información de carácter público que se encuentra en la base de datos del RENIEC, por lo que podrán solicitar certificados sobre nacimiento, defunción y actos civiles, como el matrimonio.
En este sentido, para las solicitudes de atención de información registral se llenarán formatos que deberán ser descargados en “www.reniec.gob.pe”, ingresando a “trámites – trámites de información registral”.
Por consiguiente, el RENIEC responderá por correo electrónico las solicitudes de información registral presentadas en la Mesa de Partes Virtual, cuando cumplan con ciertos requisitos, tales como por ejemplo la plena identificación del solicitante, que adjunte fotografía y ésta sea firmada, entre otros.
3.1. Sobre los servicios:
– En el sistema se encontrará instrucciones para acceder a los servicios anteriormente indicados.
– Se podrá expedir copias de los documentos registrales archivados.
– El RENIEC expedirá en formato digital las copias autenticadas de los documentos almacenados en sus archivos.
– El Costo por búsqueda será: S/ 18.50.
– El Costo por copia será: S/ 7.60.
– El Costo en formato digital con la evolución registral del estado civil y los domicilios del ciudadano será: S/ 46.60.
Cualquier duda o si requiere mayor detalle al respecto, por favor contáctenos al correo [email protected]