1. MODIFICAN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS -TUPA- DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA
DECRETO DE ALCALDÍA N° 007-2020
Incorporándose también la modalidad virtual en caso excepcional y/o estado de emergencia respecto de los siguientes procedimientos administrativos:
– Separación Convencional: (se permite también la realización de la audiencia única virtual de ratificación de voluntades en caso excepcional y/o estado de emergencia).
– Matrimonio Civil: (se permite también la celebración de la ceremonia virtual en caso excepcional y/o estado de emergencia: de lunes a sábado de 9:00 a.m. a 8:00 p.m.).
Para tal efecto, la celebración del matrimonio se llevará a cabo mediante medios electrónicos con la participación de la autoridad celebrante, de los contrayentes y de los testigos conforme a Ley, mediante la plataforma virtual señalada por la Municipalidad. El matrimonio civil surtirá efectos una vez que el acta sea firmada por las personas señaladas anteriormente.
Para los expedientes que se encuentran pendientes de celebración del matrimonio y que han cumplido con los requisitos y plazos correspondientes serán reprogramados para que se lleven a cabo de manera virtual conforme a Ley.
4. CONVOCAN AL INICIO DEL PROCESO DE INSCRIPCIÓN Y/O REINSCRIPCIÓN DE MARTILLEROS PÚBLICOS PARA INTEGRAR LA NÓMINA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR, PARA EL AÑO JUDICIAL 2020
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000304-2020-P-CSJLS-PJ
Para tal efecto, los martilleros que pretendan ejercer como tales en esta Corte Superior de Justicia deben cumplir con los requisitos previstos en el Procedimiento N° 25 “Inscripción y Reinscripción de Martilleros Públicos” del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 213-2017-CE-PJ, disponiéndose que el plazo para la presentación de los requisitos mencionados se iniciará el 26 de junio y culminará el 03 de julio del presente año, los mismos que deberán ser remitidos en formato PDF al correo [email protected].
Se encarga el Proceso de Inscripción en la Nómina de Martilleros Públicos de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur al Área de Servicios Judiciales.
Finalmente, se excluye de la lista de Martilleros Públicos del período 2020, a aquellos Martilleros Públicos que no estén habilitados para ejercer el cargo en el año 2020, conforme con lo establecido en la Resolución Jefatural N° 118-2020-SUNARP-Z.R.N°IX/JEF.
2. OFICIALIZAN LA APROBACIÓN DEL “PLAN DE VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL COVID-19 EN EL TRABAJO” DEL MINISTERIO PÚBLICO.
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 727-2020-MP-FN
Para tal efecto, se dispone que la Oficina General de Potencial Humano del Ministerio Público registre el referido plan de vigilancia, prevención y control del Covid-19 en el trabajo, a través del sistema integrado para COVID-19 (SISCOVID-19).
3. APRUEBAN LA DIRECTIVA Nº 006-2020-CG/ GPREDE PARA LA PRESENTACIÓN, PROCESAMIENTO, ARCHIVO, CAUTELA Y PUBLICACIÓN DE LAS DECLARACIONES JURADAS PARA LA GESTIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES PRESENTADAS POR LOS CONGRESISTAS DE LA REPÚBLICA, FUNCIONARIOS DEL SERVICIO PARLAMENTARIO Y ASESORES DE LA ORGANIZACIÓN PARLAMENTARIA
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 181-2020-CG
Con la finalidad de contribuir al adecuado cumplimiento del marco normativo sobre las Declaraciones Juradas para la Gestión de Conflicto de Intereses de los Congresistas de la República, funcionarios del Servicio Parlamentario y asesores de la Organización Parlamentaria. Se adjunta la referida directiva para conocimiento.
5. APRUEBAN LA VERSIÓN 3 DEL PROTOCOLO N° 004-2020-SUNAFIL/INII, DENOMINADO “PROTOCOLO SOBRE LA REALIZACIÓN DE ACCIONES PRELIMINARES Y ACTUACIONES INSPECTIVAS, RESPECTO A LA VERIFICACIÓN DE LA SUSPENSIÓN PERFECTA DE LABORES EN EL MARCO DEL DECRETO DE URGENCIA N° 038-2020, QUE ESTABLECE MEDIDAS COMPLEMENTARIAS PARA MITIGAR LOS EFECTOS ECONÓMICOS CAUSADOS A LOS TRABAJADORES Y EMPLEADORES ANTE EL COVID-19”
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 0096-2020-SUNAFIL
6. FACULTAN AL MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN A IMPLEMENTAR MERCADOS TEMPORALES FRENTE A LA EMERGENCIA SANITARIA A CONSECUENCIA DEL COVID-19
DECRETO DE URGENCIA Nº 073-2020
A través del Programa Nacional de Diversificación Productiva (PNDP), se ha dispuesto implementar un total cincuenta (50) mercados temporales, con la finalidad de generar condiciones óptimas para el abastecimiento de los productos de primera necesidad en las ciudades del país, frente a la Emergencia Sanitaria producida por el brote del COVID-19.
En anexo se remite la relación de mercados a ser implementados.
Para tal efecto se faculta al Ministerio de la Producción como ente rector del Sector Producción y competente en materia de ordenamiento de productos fiscalizados, en tanto dure la Emergencia Sanitaria a nivel nacional, a emitir los permisos correspondientes para la atención de solicitudes relacionadas con las actividades controladas sobre alcohol etílico, metílico y bebidas alcohólicas.
Cualquier duda o si requiere mayor detalle al respecto, por favor contáctenos al correo [email protected]