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Alerta Laboral- 02. Noviembre 2020

Prorrogan modalidad de trabajo remoto hasta el 31 de julio de 2021

Mediante Decreto de Urgencia N°127-2020, publicado el 01 de noviembre del presente año en el diario Oficial El Peruano, se prorroga la modalidad del trabajo remoto hasta el 31 de julio de 2021 y se establece el derecho de los trabajadores a la desconexión digital.

Mediante el mencionado dispositivo, se establece que el empleador deberá respetar el derecho de desconexión del trabajador, por el cual este último tiene derecho a desconectarse de los medios informáticos, de telecomunicaciones y análogos utilizados para la prestación de sus servicios, fuera de su jornada de trabajo y durante los días de descanso, licencias y periodos de suspensión de la relación laboral.

Asimismo, se establece que el empleador no pueda exigir al trabajador la realización de tareas o coordinaciones de carácter laboral fuera de dicha jornada de trabajo.

Cabe indicar que se encuentran exceptuados de estas medidas de desconexión digital, los trabajadores que no tienen horario de trabajo; en esos casos, se establece que el tiempo de desconexión debe ser de, al menos, 12 horas continuas en un periodo de 24 horas.


En caso de cualquier duda o requiera mayor detalle al respecto, por favor contáctenos al correo: [email protected]

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