1. CREAN EL SISTEMA DE SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 065-2020-P/TC (13/06/2020)
Para tal efecto, se ha aprobado el Reglamento del Sistema de Supervisión de Cumplimiento de Sentencias del Tribunal Constitucional (va adjunto), ordenándose su publicación en el portal institucional y se ha designado al magistrado Eloy Espinosa-Saldaña Barrera como el Magistrado Coordinador del Sistema de Supervisión de Cumplimiento de Sentencias del Tribunal Constitucional, y, al magistrado Carlos Ramos Núñez como Magistrado Coordinador accesitario.
2. APRUEBAN LA “VENTANILLA VIRTUAL DE DOCUMENTOS NOTARIALES DE APOYO (VVDNA)”, PARA EL ACCESO EXCLUSIVO DE NOTARÍAS
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 068 -2020-SUNARP/SN (13/06/2020)
A fin de que remitan al Módulo de Calificación del Registrador competente, los instrumentos en formato PDF contenidos en las solicitudes de inscripción y reingresos presentados en soporte papel a las Oficinas Registrales hasta el 13 de marzo del 2020.
El acceso a la “Ventanilla Virtual de Documentos Notariales de Apoyo (VVDNA)” es mediante la siguiente dirección web: http://vvdna.sunarp.gob.pe.
La remisión de documentos en formato PDF a través de la “Ventanilla Virtual de Documentos Notariales de Apoyo (VVDNA)”, puede efectuarse, en caso corresponda, respecto a solicitudes de inscripción presentadas en soporte papel con posterioridad al 13 de marzo del 2020 y durante la Emergencia Sanitaria Nacional dispuesta por el Decreto Supremo N° 008-2020-SA y las prórrogas que se dicten.
3. DESIGNAN SECRETARIO TÉCNICO DE LA SECRETARÍA TÉCNICA TEMPORAL, ADSCRITA A LA COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES, A CARGO DEL PROCEDIMIENTO ACELERADO DE REFINANCIACIÓN CONCURSAL
RESOLUCIÓN N° 000069-2020-PRE/INDECOPI (14/06/2020)
Designar al señor José Carlos Quintana Rondón como Secretario Técnico de la Secretaría Técnica Temporal, adscrita a la Comisión de Procedimientos Concursales, a cargo del Procedimiento Acelerado de Refinanciación Concursal, con efectividad al día siguiente de publicada la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
4. DISPONEN LA CREACIÓN DE LA SECRETARÍA TÉCNICA TEMPORAL, ADSCRITA A LA COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES, PARA ATENDER EL PROCEDIMIENTO ACELERADO DE REFINANCIACIÓN CONCURSAL
RESOLUCION N° 000067-2020-PRE/INDECOPI (14/06/2020)
La cual se encontrará adscrita a la Comisión de Procedimientos Concursales, para atender el Procedimiento Acelerado de Refinanciación Concursal. Para tal efecto, se ha encargado a la Gerencia General del INDECOPI las acciones administrativas y coordinaciones necesarias para la adecuada implementación de la referida Secretaría Técnica Temporal.
5. ESTABLECEN DISPOSICIONES PARA EL INICIO GRADUAL Y PROGRESIVO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS DE LOS CONGLOMERADOS PRODUCTIVOS Y/O COMERCIALES A NIVEL NACIONAL
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 178-2020-PRODUCE (14/06/2020)
Para el inicio gradual y progresivo de actividades económicas de los conglomerados productivos y/o comerciales a nivel nacional de los que operan a puerta cerrada, podrán vender sus productos y prestar sus servicios a través de comercio electrónico, pudiendo entregar sus productos a domicilio con logística propia o a través de terceros, con excepción de los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Loreto, Ucayali, Ica y las provincias de Santa, Huarmey y Casma del departamento de Áncash.
La reanudación de las referidas actividades económicas se efectúa de manera automática, una vez que hayan registrado su “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo” en el Sistema Integrado para COVID-19 (SICOVID-19) del Ministerio de Salud, teniendo en consideración los “Lineamientos para la vigilancia de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”, lo cual no resulta exigible a las personas naturales. (se adjunta la resolución).
6. DICTAN MEDIDAS COMPLEMENTARIAS PARA BRINDAR ATENCIÓN ALIMENTARIA COMPLEMENTARIA A PERSONAS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD, EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA DECLARADA POR EL COVID-19
DECRETO DE URGENCIA N 068-2020 (14/06/2020)
Lo cual tiene por objeto establecer medidas para la provisión excepcional de alimentos a familias de mayor vulnerabilidad económica y alimentaria en Lima Metropolitana y Callao, en el marco de lo dispuesto en la declaratoria de Estado de Emergencia Nacional a consecuencia del brote del COVID-19.
Para tal efecto, la Presidencia del Consejo de Ministros, en coordinación con los respectivos Gobiernos Locales priorizados, definirá el ámbito de intervención, a nivel de manzanas. Para tal fin, publicará los lineamientos para la definición de las zonas a intervenir mediante Resolución Viceministerial en un plazo no mayor a cinco (05) días, el cual vence el 22 de junio de 2020.
A fin de hacer efectivo lo anterior, se ha autorizado una transferencia de partidas en el presupuesto del sector público para el año fiscal 2020, con cargo a los recursos de la reserva de contingencia, a favor del pliego del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), hasta por la suma de S/ 88,890,453, para financiar la adquisición, la distribución primaria y la secundaria o final hacia las familias beneficiarias de los distritos priorizados, la supervisión y el acompañamiento de la entrega de alimentos para las familias.
7. ACTUALIZAN, POR SEGUNDA VEZ, EL “PADRÓN DE HOGARES CON TRABAJADORES INDEPENDIENTES EN VULNERABILIDAD ECONÓMICA BENEFICIARIOS DEL SUBSIDIO MONETARIO AUTORIZADO EN EL DECRETO DE URGENCIA Nº 033-2020”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 109-2020-TR (15/06/2020)
8. DISPONEN QUE LA EXHIBICIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE OBRAS CINEMATOGRÁFICAS, A TRAVÉS DE MEDIOS DIGITALES SEA ENTENDIDA COMO UNA ACCIÓN EQUIVALENTE A LA EXHIBICIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE OBRAS CINEMATOGRÁFICAS EN SALAS COMERCIALES U OTROS ESPACIOS ALTERNATIVOS
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 000158-2020-DGIA/MC (15/06/2020)
En el caso de los proyectos beneficiarios que contemplan la exhibición de la obra en tres (03) regiones distintas a Lima Metropolitana y Callao, se dispone como una acción equivalente a la misma, la promoción de actividades de exhibición en las regiones donde se comprometieron a exhibir la obra.