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Boletín Legal – 6 de julio 2020

OEFA: APRUEBAN REGLAMENTO DEL SISTEMA DE CASILLAS ELECTRÓNICAS:

(Resolución del Consejo Directivo N° 00010-2020-OEFA/CD).

Mediante norma publicada el día 04.07.2020 en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó el “Reglamento del Sistema de Casillas Electrónicas del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA”, cuya obligatoriedad se dispuso para la notificación de actos administrativos y actuaciones emitidas en el trámite de los procedimientos administrativos y la actividad administrativa de dicha entidad.

Principales medidas del Reglamento:

-Se estableció que el otorgamiento y uso de las casillas electrónicas serán gratuitas.

-El documento que se notificará electrónicamente deberá contar con firma digital.

-Se otorgará también casillas electrónicas a las Entidades de Fiscalización Ambiental (EFA).

-Las notificaciones electrónicas se efectuarán de lunes a viernes en el horario de atención al público establecido por el OEFA, a excepción de la notificación de medidas preventivas dictadas mediante Acta de supervisión.

-Si el depósito del documento en la casilla electrónica es realizado fuera del horario establecido por el OEFA, la notificación surtirá efectos a partir del día hábil siguiente.

-Para los efectos de la notificación electrónica, se depositará en la casilla electrónica una copia auténtica del documento electrónico que obra en el repositorio digital del OEFA, en formato de documento portátil (PDF).

-El Sistema de Casillas Electrónicas generará automáticamente una constancia de fecha y hora de depósito al momento en el que el documento es depositado en la casilla electrónica del usuario.

-La casilla electrónica podrá ser dada de baja por los siguientes motivos: a) Fallecimiento de la persona natural, b) Extinción de la persona jurídica, c) Modificación del objeto social, d) Otros supuestos que conlleven a que el usuario ya no se encuentre dentro del ámbito de competencia del OEFA.

-Según las acreditaciones y procedimientos que los usuarios cumplan en su autenticación, el OEFA iniciará la notificación de actos administrativos y actuaciones administrativas a través de las casillas electrónicas a partir del 27 de julio de 2020.

-Si los administrados o las EFA no cuentan con acceso a Internet, deben poner en conocimiento del OEFA tal hecho, mediante una comunicación debidamente documentada que acredite tal imposibilidad. En dichos casos, las notificaciones se realizarán excepcionalmente mediante las modalidades previstas en el Numeral 20.1 del Artículo 20° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (LPAG).

III. MEDIDAS EXTRAORDINARIAS EN MATERIA ECONÓMICA Y FINANCIERA PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LOS GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES:

(Decreto de Urgencia N° 081-2020)

Mediante norma publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, se aprobaron algunas medidas extraordinarias en materia económica y financiera, para dinamizar las inversiones y la prestación de servicios a cargo de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, con el objeto de contribuir a la reactivación económica, la generación de empleo y otras, así como parar lograr el resarcimiento efectivo a los deudos del personal de la salud, fallecidos a consecuencia del Covid-19.

En ese sentido se dispuso lo siguiente, entre las principales medidas:

-Se dejó sin efecto el feriado nacional del día miércoles 29 de julio de 2020.

-Se autorizó de manera excepcional el uso de los recursos de canon, sobrecanon, regalía minera y Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea (FOCAM) para el año fiscal 2020.

-Se autorizaron de manera excepcional para el año fiscal 2020, a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales a utilizar hasta un 25% de los recursos efectivamente transferidos, así como de los saldos de balance generados por dichos conceptos, provenientes del canon, sobrecanon, regalía minera y Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea (FOCAM).

-Se estableció que los recursos de canon, sobrecanon, regalía minera y Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea (FOCAM) no pueden utilizarse, en ningún caso, para el pago de remuneraciones o retribuciones de cualquier índole.

-Se autorizaron modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático para financiar la continuidad de las actividades de prevención, control, diagnóstico y tratamiento del Covid-19 en los Gobiernos Regionales.

-Los titulares de los pliegos bajo los alcances de la presente norma, serán responsables de su adecuada implementación, así como del uso y destino de los recursos comprendidos en la aplicación del presente Decreto de Urgencia, conforme a la normatividad vigente.

-Los recursos que se transfieran o se habiliten en el marco de la citada norma, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales serán transferidos o habilitados.

-La citada norma tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020

APRUEBAN FORMULARIO VIRTUAL PARA ALIVIAR PAGO DE OBLIGACIONES A CONTRIBUYENTES:

(Resolución de Superintendencia N° 113-2020-SUNAT).

Mediante norma publicada el día 04.07.2020 en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó el formulario virtual y las disposiciones para que los contribuyentes puedan aplazar hasta por seis (6) meses y/o fraccionar hasta en treinta y seis (36) meses (a una tasa de interés preferencial mensual de 0.4%) toda la deuda tributaria que corresponda a ingresos del Tesoro Público o ESSALUD (la generada durante la Emergencia Sanitaria e incluso la deuda anterior), permitiéndoles un alivio a su situación financiera.

Características:

-El beneficio aplicará a todos los contribuyentes.

-En el caso que se generen Rentas de Tercera Categoría, el beneficio aplicará siempre que los ingresos netos mensuales acumulados de los periodos tributarios de marzo y abril del 2020, en comparación con los mismos periodos del 2019, hayan disminuido.

-El plazo para presentar la solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento es hasta el 30 de setiembre del presente, para lo cual se deberá utilizar solo el Formulario Virtual N° 1704, que estará disponible en www.sunat.gob.pe, desde el 8 de julio.

-No se considerarán presentadas las solicitudes efectuadas a través de escritos u otros medios distintos al Formulario Virtual N° 1704.

MINAGRI LANZÓ CATÁLOGO VIRTUAL PARA LA PROMOCIÓN DE LOS PRODUCTOS AGRARIOS:

La plataforma web se denomina “Catálogo Virtual de Productos Agrarios”, la cual es una herramienta tecnológica que permitirá a los pequeños productores y organizaciones agrarias, principalmente de la agricultura familiar, difundir su oferta acortando el canal de comercialización de alimentos que existe entre productores y consumidores.

En la primera fase, se expondrán productores y productos agrarios de todo el Perú a través de un Showroom virtual, permitiendo que los consumidores y potenciales compradores nacionales e internacionales cuenten con información actualizada y en tiempo real sobre dichos productos.

En la segunda fase, se proyectará incorporar nuevas funcionalidades y herramientas ágiles como ruedas de negocio, trazabilidad de pedidos, pasarela de pago, entre otros.

Por consiguiente, la finalidad del mencionado catálogo virtual es abrir canales de comunicación directos desde los productores hacia los consumidores, quienes podrán acceder a la oferta agraria sin intermediarios, considerando que muchas veces esta intermediación desfavorece una negociación justa de precios.

Datos:

-Catálogo Virtual de Productos Agrarios en: http://catalogo.minagri.gob.pe/Catalogo/

-Si se está interesado en promocionar productos agrarios se podrá escribir a [email protected]

SUNARP AMPLÍA ATENCIÓN A LOS SÁBADOS PARA LA ENTREGA DE TARJETA DE IDENTIFICACIÓN VEHICULAR

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) dispuso ampliar la atención para el servicio de entrega de Tarjeta de Identificación Vehicular (TIVsolo por el presente meslos sábados de 8.00 am a 12.00 del mediodía, únicamente en el edificio del Registro de Propiedad Vehicular, ubicado en el jirón Huáscar 1584, Jesús Maria.

Cabe señalar, que el mencionado trámite también se podrá realizar en ese mismo local, de lunes a viernes en el horario de 10.00 a.m. a 7.00 p.m., y no se requerirá de cita previa para el recojo de la tarjeta.

Cualquier duda o si requiere mayor detalle al respecto, por favor contáctenos al correo [email protected]

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