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Boletín Legal – 8 de julio 2020

PROYECTO DE DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA LA NORMA TÉCNICA A.011:

(Resolución Ministerial N° 133-2020-VIVIENDA).

Mediante norma publicada el día de hoy en el Diario Oficial El Peruano, se dispuso difundir el proyecto del Decreto Supremo que aprueba la Norma Técnica A.011, sobre “las Condiciones para la Evaluación del Impacto Vial en Edificaciones del Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE)”.

En tal sentido, se dispuso incorporar dicha norma técnica en el numeral “III.1 Arquitectura” (Título III sobre Edificaciones) del Índice del Reglamento Nacional de Edificaciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2004-VIVIENDA, así como su Exposición de Motivos, en el Portal Institucional (www.gob.pe/vivienda), a efectos de que reciban observaciones, comentarios y/o aportes de las personas interesadas, dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de publicada la citada Resolución Ministerial.

III. CSJL: RECONFORMAN EL COLEGIADO DE LA SALA MIXTA DE EMERGENCIA:

(Resolución Administrativa N° 000204-2020-CSJLI-PJ).

Mediante norma publicada el día de hoy en el Diario Oficial El Peruano, se reconformó el Colegiado de la Sala Mixta de Emergencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, el cual quedará integrado a partir del 25 de junio de 2020, de la siguiente manera:

-Victoria Teresa Montoya Peraldo (T).

-Antonia Esther Saquicuray Sánchez (P).

-Jorge Octavio Ronald Barreto Herrera (P).

De tal manera, que dicha conformación se pondrá en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la OCMA, la ODECMA, la Coordinación de Recursos Humanos y de los interesados, para los fines pertinentes.

V. SUNAT: DESDE HOY SE PODRÁ SOLICITAR FRACCIONAMIENTO TRIBUTARIO:

La SUNAT indicó que a partir de hoy y hasta el 30.09 del presente, se atenderán solicitudes de acogimiento al Régimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de la deuda tributaria (RAF), que permitirá a los distintos contribuyentes a aliviar su situación financiera.

De esta manera, el mencionado beneficio consistirá en aplazar hasta por 6 meses y/o fraccionar hasta en 36 meses, a una tasa de interés preferencial mensual de 0.4%, la deuda tributaria que corresponda a los ingresos del tesoro público o ESSALUD generada durante la Emergencia Sanitaria e incluso la deuda anterior.

Por consiguiente, el acceso a dicho beneficio se dará por medio del Formulario Virtual N° 1704, el cual se encuentra disponible en www.sunat.gob.pe, de acuerdo con la Resolución de Superintendencia N° 113-2020/SUNAT, por lo que los obligados deberán cumplir con estar inscritos en el RUC, haber presentado sus declaraciones mensuales de marzo y abril del 2020 para el IGV-Renta, no tener en la cuenta de detracciones un saldo mayor al 5% de la UIT, entre otras disposiciones

VII

PROYECTO DE DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LOS PROGRAMAS MUNICIPALES DE VIVIENDA:

(Resolución Ministerial N° 134-2020-VIVIENDA).

Mediante norma publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, se dispuso difundir el proyecto del Decreto Supremo que aprueba el “Reglamento de los Programas Municipales de Vivienda”, así como su Exposición de Motivos, en el Portal Institucional (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, a efectos de recibir sugerencias, comentarios y/o aportes de las personas interesadas, dentro del plazo de diez (10) días hábiles

IV: CSJL: DICTAN DISPOSICIONES PARA CASOS DE RECUSACIÓN, INHIBICIÓN O DISCORDIA Y OTROS:

(Resolución Administrativa N° 000214-2020-P-CSJLI-PJ).

Mediante norma publicada el día de hoy en el Diario Oficial El Peruano, se dispuso que en los casos de presentarse impedimento, recusación, abstención, inhibición o discordia de uno o más jueces Superiores de la 1°, 2°, 3°, 4° ,7°, 8° Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima, que conozcan expedientes correspondientes a la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Ley N.° 29497, y de la 1° Sala Laboral Transitoria que conozcan procesos de la Ley N.° 26636, Ley Procesal del Trabajo, el Presidente del Colegiado procederá a llamar al Juez Superior menos antiguo de la especialidad, de la siguiente manera:

1° Sala Laboral Permanente se llamará al Juez Superior de la 2° Sala Laboral Permanente.

2° Sala Laboral Permanente se llamará al Juez Superior de la 3° Sala Laboral Permanente.

3° Sala Laboral Permanente se llamará al Juez Superior de la 4° Sala Laboral Permanente.

4° Sala Laboral Permanente se llamará al Juez Superior de la 7° Sala Laboral Permanente.

7° Sala Laboral Permanente se llamará al Juez Superior de la 8° Sala Laboral Permanente.

8° Sala Laboral Permanente se llamará al Juez Superior de la 1° Sala Laboral Transitoria.

1° Sala Laboral Transitoria se llamará al Juez Superior de la 1° Sala Laboral Permanente.

Por consiguiente, según lo decretado en el párrafo anterior, se llamará de manera ordenada al Juez Superior menos antiguo de la siguiente Sala que tienen designada y así sucesivamente, de conformidad con el Artículo 145° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

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Cualquier duda o si requiere mayor detalle al respecto, por favor contáctenos al correo [email protected]

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